Enfrascados en una batalla jurídica que se ha extendido por dos años, concesionarios de transporte colectivo de la Zona Continental defienden la legalidad de medio centenar de títulos otorgados por el gobierno de Roberto Borge, mismos que el Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo (Imoveqroo) no reconoce y que procedió a darlas de baja.

Dichas concesiones pertenecen a la empresa “Transporte Ejidal Isla Mujeres, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada” desde el 19 de septiembre de 2016, cinco días antes de que el priista dejara formalmente el cargo, las cuales fueron confirmadas en mayo de 2021 por la desaparecida Secretaría de Infraestructura y Transporte (Sintra).

Desde entonces, las unidades son parte de la flotilla de camionetas tipo Urvan panel que operan para el Sindicato de Propietarios de Automóviles “Lic. Gustavo Díaz Ordaz” en Isla Mujeres, el cual solicitó su inscripción para prestar el servicio público de transporte de pasajeros en la ruta que va de Rancho Viejo a la zona urbana de Cancún.

Sin embargo, el 4 de septiembre de 2022, el sindicato acudió al Imoveqroo para solicitar la regularización del medio centenar de concesiones e inscribirlas ante el Registro Público de Transporte, pero la respuesta oficial fue que no había indicios de la validez de los permisos.

En el oficio IMOVEQROO/DG/DRTCM/1183/2022 del 5 mayo de 2022, se les notificó específicamente: “que no existía indicio alguno que permitiera concluir que en dicho registro exista constancia alguna en relación con 50 (cincuenta) títulos de concesión para la prestación del servicio público de pasajeros en la modalidad de taxi colectivo para operar en la Zona Continental de Isla Mujeres”.

En consecuencia, el organismo se declaró impedido para autorizar el alta de los vehículos vinculados a las concesiones, así como a expedir tarifas, autorizar la cromática, rutas y el color de los uniformes de los choferes.

Y fue más allá al advertir que se valoraba la posibilidad de proceder legalmente contra los representantes del transporte ejidal por la probable comisión de los delitos de falsificación y el uso de documentos falsos.

En el artículo 189 del Código Penal del Estado de Quintana Roo, este delito se castiga con hasta tres años de prisión y multa de casi 10 mil pesos.

En respuesta, los quejosos recurrieron al juicio de amparo ante el Juzgado Séptimo de Distrito cuya sentencia los favoreció inicialmente, dejando sin validez legal la notificación oficial y solicitando reponer el procedimiento.

En un segundo análisis del caso, el Imoveqroo confirmó que los solicitantes no tenían la calidad de concesionarios reconocidos y por consecuencia les fue negada nuevamente el reconocimiento y la inscripción solicitada.

Ante ello, el 16 de enero de 2023 el sindicato recurrió a un segundo amparo alegando que recientemente habían adquirido unidades nuevas con capacidad para 20 pasajeros para que pudieran operar con los títulos de concesión en disputa.

Los transportistas obtuvieron un segundo amparo favorable que ordenó al organismo de transporte gubernamental inscribir las 50 concesiones, lo cual según los quejosos se cumplió a medias porque si bien fueron inscritas ante el Registro Público de Transporte y Archivo de Movilidad, su operación fue condicionada dado que “se ha actualizado la hipótesis para operar la caducidad de las mismas”.

Según el oficio IMOVEQROO/RPTAM/002-BIS/2024, de fecha 9 de enero de 2024, las concesiones caducan cuando no se preste el servicio en los siguientes 30 días siguientes a su autorización.

Y a partir de un dictamen oficial del 16 de febrero siguiente, se inició un procedimiento de extinción administrativo contra las 50 concesiones, por exceder el plazo estipulado para iniciar la prestación del servicio. Los quejosos recurrieron a un tercer amparo que mantiene viva la disputa ante los tribunales federales.